viernes, 22 de agosto de 2014

¿Qué permisos se necesitan para realizar obras en una vivienda?



A la hora de hacer reformas en casa, siempre surge la misma pregunta: “¿Qué permisos solicitar?”. Antes de pensar el tiempo que conllevará o lo mucho que encarecerá este permiso el presupuesto, se debe tener en cuenta que todo depende del tipo de obra a realizar…
El tipo de permiso o licencia de obras a solicitar depende del ayuntamiento del cual depende la vivienda. Además, cada consistorio requiere un tipo de permiso según el tipo de obra y cada licencia supone una cantidad de documentación y un precio distintos. Contratar a un arquitecto puede ser de gran ayuda, no solo para encontrar el diseño que más se ajuste a las necesidades de los habitantes de la casa, también para llevar a cabo las obras de forma legal y segura, evitando posibles problemas con los vecinos y sanciones por parte del ayuntamiento.
Reformas de acabados Pintar, cambiar el suelo, los alicatados, etc… Puesto que este tipo de obras solo afecta a los acabados de la vivienda, los permisos que suelen tener que pedirse son solo de carácter informativo, es decir, comunicados de obra.
Reformas que cambian la distribución actual Pasar de dos a tres dormitorios, o cambiar el baño o cocina de lugar son obras que modifican la distribución anterior. Eso significa volver a hacer una Cédula de Habitabilidad con la consecuente aprobación del consistorio, mediante una licencia de obras menor. Con la aparición del Código Técnico de la Edificación (CTE) la normativa se endureció muchísimo, por eso, el arquitecto o decorador debe diseñar la vivienda cumpliendo con la norma y evitando que pueda haber problemas, tanto en la legalización de la vivienda, como en la nueva contratación de suministros.
Reformas que afectan un elemento estructural Se entiende por elemento estructural cualquier pilar, viga, pared maestra, suelo, techo (forjado), cubierta, etc. Este tipo de reformas requieren necesariamente de un arquitecto para su realización. La seguridad es lo principal y cualquier modificación que se haga en un elemento estructural debe calcularse correctamente para que evitar problemas en un futuro. Puesto que los elementos estructurales pertenecen a la comunidad de propietarios, se ha de pedir permiso a ésta. Para estas reformas, los ayuntamientos suelen pedir licencias de obra mayor.
Reformas que afectan a un elemento comunitario Los elementos comunitarios son las fachadas (abrir una ventana nueva o modificar su tamaño), los elementos estructurales, terrazas, balcones, patios, las paredes que lindan con el vestíbulo (cambiar de lugar la puerta de entrada) o cualquier instalación (shunts de ventilación, bajantes, ventilaciones de las campanas extractoras, etc…). Para este tipo de obra, los consistorios suelen pedir licencias de obra mayor.
Reformas que aumentan la superficie inicial Si se quiere aumentar la superficie construida de la vivienda haciendo un cerramiento en la terraza o patio, se debe tener en cuenta qué es lo que permite la normativa urbanística vigente. En estos casos, lo habitual es que sea necesario solicitar una licencia de obras mayor.
Reformas que implican un cambio de uso de local a vivienda La normativa urbanística indica los usos que puede tener una parcela (entre muchas otras cosas). Además, en el caso de las viviendas, también se indica qué densidad puede haber, esto es, cuántos pisos puede haber en una misma parcela. Por eso, para poder hacer un cambio de uso de local a vivienda hay solicitar al ayuntamiento una licencia de obras mayor.

F uente: Fotocasa

lunes, 18 de agosto de 2014

No olvide leer detenidamente las clausulas de su seguro del hogar




En apariencia, los seguros del hogar son de lo más sencillo y barato que hay en el mundo del seguro. Por una cantidad bastante modesta –entre 100 y 200 euros al año– podemos asegurar nuestra casa de pequeños y grandes percances.
Nuestros cálculos mentales muy básicos: si damos, por ejemplo, 150 euros al año durante 20 años, eso serán unos 3.000 euros. En ese tiempo hay bastantes probabilidades de que un ladrón entre en casa y nos robe nuestros más preciados bienes. El valor de esos bienes siempre será superior a esos 3.000 euros del coste del seguro en ese periodo. Con lo cual vale la pena.
Los mismos cálculos se nos ocurren con los incendios y con las vías de agua, como grifos abiertos o lavadoras que se estropean. ¿Y ahí queda todo? no, hay más cosas que deberíamos meter en el contrato y que no se nos pasan por la cabeza.
Por ejemplo, el seguro de ‘defensa jurídica’. Hagamos la siguiente pregunta: ¿qué probabilidades hay de que, a lo largo de nuestra vida, nos veamos envueltos en un juicio? es decir, alguien nos demanda, o nosotros demandamos a alguien por cualquier motivo?, entonces llamamos a la compañía de seguros (porque nos suena que en los seguros del hogar existe el servicio de ‘defensa jurídica’) y, ¡susto! no lo habíamos contratado. Tendremos que pagar a un abogado que, como mínimo, nos va a cobrar más de lo que cuesta un seguro del hogar en 10 o 20 años. Un seguro de defensa jurídica asume el gasto del abogado, aunque puede que haya una cantidad máxima que suele estar dentro de las tarifas que cobran los abogados. Pero si dejas que la compañía de seguro ponga sus abogados y letrados, entonces quizá no haya límite. A veces sucede algo peor: que sí teníamos contratado este seguro pero no sabíamos que eso entraba dentro del seguro del hogar. nos enteramos al cabo de los años y ya no lo podemos recuperar.
Cosas a tener en cuenta:
Otro de los olvidos insólitos es que muchos seguros no solo cubren el robo dentro de casa sino fuera de casa, aunque con límites: suele tenerse en cuenta sobre todo los bolsos de las mujeres que contienen móviles y carteras.
Por supuesto, nos olvidamos de que el seguro puede cubrir la rotura de aparatos que antes no existían: el ipad o los costosos teléfonos inteligentes. Hay personas que han recuperado su inversión por haber verificado que se pusiera esta cláusula dentro del seguro
y, por último, el seguro de responsabilidad civil, es uno de los más valiosos pues nos defiende de indemnizaciones, fianzas y costas judiciales derivadas de un accidente en nuestra casa. por ejemplo, si se nos cae una maceta sobre la cabeza de una persona que pasa bajo nuestra casa, y esa persona nos demanda, estaremos cubiertos, incluso, en caso de que sea un accidente muy grave. Pero aquí viene una confusión: muchos clientes creen que en la responsabilidad civil también entra la ‘defensa jurídica’ y no es así. son dos cosas diferentes.
¿Y es que los seguros del hogar no son todos iguales? ni mucho menos. para no llevarse sustos lo mejor es contratar un seguro que cubra todo. Es más caro, por supuesto, pero nadie sabe qué contrariedades se va a encontrar en la vida.
En el fondo, a pesar de que nos quejemos mucho, los seres humanos somos muy optimistas y seguimos pensando que las calamidades solo les pasan a los demás. pero basta echar un vistazo alrededor para saber que una familia normal, a lo largo de su vida va a sufrir roturas de grifos, robos, accidentes a terceros y juicios.
Si estamos bien asegurados, podemos salir hasta de situaciones crudas como sufrir enfermedades en países lejanos durante un viaje. un buen seguro nos cubriría los gastos médicos, de desplazamiento (y al acompañante), y hasta nos pondría un avión gratis. ¿no has visto la última escena de 'lo imposible'?.

Fuente: idealista news