De entre la oferta de casas rústicas en los valles de Buelna, Cieza e Iguña, Inmobiliaria Cantabria os recomienda estas cinco casas que reunen unas condiciones ideales para dedicarlas a alojamiento turístico por su antigüedad, dimensiones y
entorno, todas ellas en definitiva cumplen con los parámetros requeridos para obtener la categoría de
alojamiento turístico en el medio rural.
Casa en Santa Cruz - Molledo |
La actividad turística de
alojamiento turístico en el medio rural aparece definida en la Ley de Ordenación del Turismo de
Cantabria y es desarrollada por el Decreto 83/2010 por el que se regulan los
establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Cantabria. Esta norma establece tres categorías de
alojamiento turístico y deja muy claro los criterios para delimitar cada una de
ellas. Además introduce parámetros de gestión y control de la actividad, extraídos
del Sistema de Calidad Turística Español.
Casa en Bárcena de Pie de Concha |
Se entiende por medio rural aquel
cuya base de subsistencia ha sido ha sido o es la agricultura, ganadería, u
otras actividades tradicionales, y cuyo hábitat poblacional es disperso, o que,
aun formando un núcleo urbano, su número de habitantes no supere los 1.250
habitantes. Quedan excluidas las zonas próximas a fábricas u otras
instalaciones que puedan afectar al medio y provoquen efectos contaminantes,
ruidos o molestias que afecten al turista.
Los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural se clasifican en tres categorías:
·
Palacios y casonas de Cantabria: Para
poder obtener esta categoría, entre otros requisitos, el edificio tendrá que
tener un valor arquitectónico tradicional, de 50 plazas.
Casa montañesa en San Felices de Buelna |
·
Posadas de Cantabria: Para poder obtener
la categoría de Posada de Cantabria, entre otros requisitos, el edificio tendrá que ser anterior a
1950, su tipología constructiva ser propia del medio rural y estar construido
con piedra de sillería, mampostería con piedra del lugar, ladrillo rústico,
madera o combinación de alguno de estos, siempre que se respeten los elementos
arquitectónicos ya existentes que caracterizan la singularidad del edificio, y
en los que al menos dos de sus fachadas sean al exterior. Deberán de
Casa montañesa en Collado de Cieza |
·
Viviendas Rurales de Cantabria: Para
poder obtener esta categoría, entre otros requisitos, el edificio tendrá que
ser anterior a 1950, su tipología constructiva ser propia del medio rural y
estar construido con piedra de sillería, mampostería con piedra del lugar,
ladrillo rústico, madera o combinación de alguno de estos, siempre que se
respeten los elementos arquitectónicos ya existentes que caracterizan la
singularidad del edificio, y en los
"Casa del cura" en San Cristobal - Arenas de Iguña |
Fuente: Noticias Inmobiliaria Cantabria
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