Este tipo de ayudas están enmarcadas dentro del programa de
ayudas para la fijación de población joven en el ámbito rural recogidas en el
Decreto 4/2019 de 7 de febrero que regula determinadas ayudas del Plan de
Vivienda de Cantabria 2018-2021.
Este programa tiene por objeto facilitar el acceso a la
vivienda en régimen de propiedad a los jóvenes de los municipios rurales que
tengan una población residente inferior a 5.000 habitantes.
La actividad objeto de subvención es la adquisición de unavivienda en propiedad para su destino como vivienda habitual y permanente.
Podrá acceder a esta ayuda cualquier persona menor de 35
años.
La cuantía de esta ayuda será del 20% del precio de
adquisición de la vivienda excluidos los gastos y tributos inherentes a la
adquisición, con un máximo de 10.800 € por vivienda.
Para poder obtener esta ayuda será necesario que concurran,
a fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad menor de 35 años con domicilio fiscal en Cantabria
- Tener suscrito un contrato de arras para la adquisición de la vivienda.
- Disponer de una fuente de ingresos mínimos acreditables que supere los 6.000€ anuales.
- Que los ingresos anuales de la unidad familiar sean iguales o inferiores a tres veces el IPREM referido a catorce pagas (límite ampliable en determinados supuestos).
- No ser propietario o usufructuario de la totalidad de otra vivienda en España.
Una vez entregada la vivienda por el vendedor, el adquirente
(incluida la unidad familiar) deberá de:
- I. Ocupar la vivienda en el plazo de tres meses desde su entrega.
- II. Fijar en la vivienda adquirida su domicilio habitual y permanente y su domicilio fiscal por un plazo de 5 años desde la entrega (este plazo podrá reducirse en determinados supuestos).
La vivienda adquiere deberá de cumplir los siguientes
requisitos:
- I. Ser una vivienda construida o en construcción ubicada en un municipio rural que tenga una población residente inferior a 5.000 habitantes.
- II. Que esté iniciada en el momento de la solicitud de las ayudas.
Los requisitos que deberá de cumplir el contrato de
compraventa son los siguientes:
- I. Que el precio de adquisición de la vivienda sea igual o inferior a 100.000€.
- II. Que la compraventa se eleve a escritura pública y se inscriba en el Registro de la Propiedad. Se deberá de recoger en la escritura la ayuda concedida y la fecha de concesión, lo cual se inscribirá en nota marginal en el Registro de la Propiedad.
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