sábado, 21 de junio de 2014

¿Qué debería saber antes de adquirir una vivienda? (III)


Trámites posteriores

Una vez firmada la escritura de compraventa se deben seguir los siguientes pasos:

·         Pago de impuestos e inscripción en el Registro de la Propiedad; si va a realizar personalmente esas gestiones, consulte en la notaría los plazos a fin de evitar sanciones o pérdida de derechos. Puede optar también por encargar su tramitación a su agente inmobiliario o al notario, que procederá al envío al Registro de la Propiedad de una copia electrónica autorizada de la escritura para su inscripción. Posteriormente, le entregará una copia autorizada de la escritura en papel oficial con todos los justificantes y facturas.
·         Suministros; no olvide poner a su nombre los suministros que afecten a la nueva vivienda.
·         Documentación y facturas; conserve todos los documentos, justificantes, garantías y facturas originales sobre su adquisición.
No acepte recibos globales; reclame las facturas originales del notario, gestor y Registro de la Propiedad, así como de la carta de pago de impuestos.

Fuente: Consejo general del notariado

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