Préstamos
hipotecarios
Si necesitas
solicitar un préstamo hipotecario, recuerda que tienes derecho a elegir el
notario con el que quieres firmar la escritura de constitución de la hipoteca.
Antes de
solicitar un préstamo hipotecario es necesario:
1. Decidir
que cantidad pedir; además del precio de la compra, hay que tener en cuenta los
gastos citados en el anterior recuadro y los gastos del préstamo hipotecario,
como por ejemplo la tasación, la comisión de apertura (si la hubiera), la gestoría, los impuestos, etc.
Se recomienda
que las cuotas mensuales no superen el 35% de los ingresos de quienes soliciten
el préstamo, pues hay que tener en cuenta que los ingresos pueden cambiar con
los años y que las cuotas de los préstamos variables pueden subir.
2. Comparar
ofertas de distintas entidades financieras estudiando la información genérica
de sus folletos informativos (Fichas de información precontactual), que se
entregan gratuitamente a quien lo solicite. Es importante fijarse en la TAE,
que es el tipo de interés anual que efectivamente se paga en un año, e incluye
las comisiones que cobra la entidad financiera y los plazos de pago.
3. Analizar
la Ficha de Información Personalizada; una vez elegida la entidad financiera, y
antes de comprometerse con ella, ésta le entregará sin coste alguno la Ficha de
Información Personalizada en la que se detallarán las condiciones financieras
del préstamo que le ofrecen.
4. Pedir
una oferta vinculante; solicitado el préstamo y realizada la tasación, es
conveniente pedir a la entidad financiera una oferta vinculante con todas las
condiciones financieras del contrato. La oferta vinculante tendrá un plazo de
validez no inferior a catorce días naturales desde su fecha de entrega. Si se
hace al mismo tiempo que la Ficha de Información Personalizada y coinciden en
su contenido, ambas pueden entregarse en un único documento.
Escritura del
préstamo hipotecario
·
Aceptada la oferta vinculante, la entidad
financiera remitirá la documentación al notario elegido por el comprador para
que prepare la escritura de compraventa y la escritura del préstamo
hipotecario.
·
Es importante recordar que el comprador dispone
en la notaría de tres días hábiles antes de la firma de las escrituras para examinarlas a fondo con asesoramiento del notario y pedir aclaraciones y cambios a la entidad
financiera si fuera necesario.
·
La entrega del préstamo suele producirse de
forma simultáneo con la firma de la escritura de compraventa.
·
Tras la firma, el notario enviará al registro de
la propiedad una copia auténtica electrónica autorizada de las escrituras de
venta y del préstamo hipotecario.
·
Cuando el préstamo se ha terminado de pagar,
quedaría un último paso; la escritura pública
cancelación de la hipoteca. La firman solo los representantes de la
entidad financiera a solicitud del deudor, quien tiene derecho a elegir el
notario que la autorice y le asesore sobre los gastos, que correrán por su
cuenta. Una vez firmada, se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Fuente: Consejo General del Notariado
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