martes, 8 de julio de 2014

¿Qué debería saber antes de adquirir una vivienda? (V)

Préstamos hipotecarios
Si necesitas solicitar un préstamo hipotecario, recuerda que tienes derecho a elegir el notario con el que quieres firmar la escritura de constitución de la hipoteca.
Antes de solicitar un préstamo hipotecario es necesario:
1.       Decidir que cantidad pedir; además del precio de la compra, hay que tener en cuenta los gastos citados en el anterior recuadro y los gastos del préstamo hipotecario, como por ejemplo la tasación, la comisión de apertura (si la hubiera), la gestoría, los impuestos, etc.
Se recomienda que las cuotas mensuales no superen el 35% de los ingresos de quienes soliciten el préstamo, pues hay que tener en cuenta que los ingresos pueden cambiar con los años y que las cuotas de los préstamos variables pueden subir.
2.       Comparar ofertas de distintas entidades financieras estudiando la información genérica de sus folletos informativos (Fichas de información precontactual), que se entregan gratuitamente a quien lo solicite. Es importante fijarse en la TAE, que es el tipo de interés anual que efectivamente se paga en un año, e incluye las comisiones que cobra la entidad financiera y los plazos de pago.
3.       Analizar la Ficha de Información Personalizada; una vez elegida la entidad financiera, y antes de comprometerse con ella, ésta le entregará sin coste alguno la Ficha de Información Personalizada en la que se detallarán las condiciones financieras del préstamo que le ofrecen.
4.       Pedir una oferta vinculante; solicitado el préstamo y realizada la tasación, es conveniente pedir a la entidad financiera una oferta vinculante con todas las condiciones financieras del contrato. La oferta vinculante tendrá un plazo de validez no inferior a catorce días naturales desde su fecha de entrega. Si se hace al mismo tiempo que la Ficha de Información Personalizada y coinciden en su contenido, ambas pueden entregarse en un único documento.
Escritura del préstamo hipotecario
·         Aceptada la oferta vinculante, la entidad financiera remitirá la documentación al notario elegido por el comprador para que prepare la escritura de compraventa y la escritura del préstamo hipotecario.
·         Es importante recordar que el comprador dispone en la notaría de tres días hábiles antes de la firma de las escrituras  para examinarlas  a fondo con asesoramiento del notario  y pedir aclaraciones y cambios a la entidad financiera si fuera necesario.
·         La entrega del préstamo suele producirse de forma simultáneo con la firma de la escritura de compraventa.
·         Tras la firma, el notario enviará al registro de la propiedad una copia auténtica electrónica autorizada de las escrituras de venta y del préstamo hipotecario.
·         Cuando el préstamo se ha terminado de pagar, quedaría un último paso; la escritura pública  cancelación de la hipoteca. La firman solo los representantes de la entidad financiera a solicitud del deudor, quien tiene derecho a elegir el notario que la autorice y le asesore sobre los gastos, que correrán por su cuenta. Una vez firmada, se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Fuente: Consejo General del Notariado

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