Se elimina la corrección por infación de las plusvalias generadas por la venta de una casa.
Se establece una exención por venta de vivienda de los mayores de 65 años.
Desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual.
El IRPF es un
impuesto dual, donde el tratamiento que reciben los rendimientos del trabajo
(salarios) es distinto de los rendimientos del ahorro. Los tipos impositivos
que gravan los intereses de un depósito o las plusvalías por la venta de
acciones o vivienda también se rebajan. Actualmente, los primeros 6.000 euros
tributan al 21%, entre 6.000 euros y 24.000 euros aplican un 25% y, por encima
de ese nivel, se grava al 27%. A partir del próximo año, los primeros 6.000
euros irán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros tributarán al 22% y, todo lo que
quede por encima, sufrirá un porcentaje del 24%. Los tipos en 2016 volverán a
reducirse hasta el 19%, 21% y 23%, respectivamente.
Teniendo en cuenta
la rebaja fiscal, los contribuyentes deben valorar si les conviene retrasar el
cobro de ciertas plusvalías para aprovechar la reducción de tipos. Además, la
reforma elimina la penalización para las ganancias logradas a corto plazo. La
legislación vigente establece que las plusvalías generadas en menos de un año
tributen como un rendimiento del trabajo y, por lo tanto, sufren una fiscalidad
mayor. Esta diferencia se elimina a partir del próximo año. Es decir, tributará
lo mismo una ganancia lograda en diez años que en un día.
El trato
fiscal que reciben las ganancias derivadas de vender una casa variará, y a
peor, a partir de enero. La redacción inicial de la reforma fiscal contemplaba
la supresión de los coeficientes de abatimiento, que permiten rebajar la
factura fiscal por la venta de casas adquiridas antes de 1994, y de los
coeficientes de actualización, que corrigen la plusvalía por el efecto de la
inflación. El trámite del Senado ha servido para que el Gobierno reformulara su
propuesta y mantuviera los coeficientes de abatimiento, cuya aplicación tendrá
un límite global de 400.000 euros por transmisiones realizadas a partir de
2015. En cambio, la rectificación no ha llegado a los coeficientes de
actualización, lo que significa que ya no se tendrá en cuenta que un euro hoy
no vale lo mismo que hace diez años. Por ejemplo, para un contribuyente que
compró una vivienda por 230.000 euros en el año 2001 y ahora pretende venderla
por 300.000 euros, la desaparición de los coeficientes de actualización implica
pagar 11.000 euros adicionales si la operación se cierra en 2015 en lugar de
2014. Sin embargo, la ley mantiene una exención por venta de vivienda de los
mayores de 65 años, beneficio que rige para todos los contribuyentes siempre y
cuando transfieran su casa habitual y la ganancia sea destinada a adquirir otra
vivienda.
Respecto al
alquiler, uno de los cambios más relevantes es que en 2015 desaparece la
deducción por arrendamiento de vivienda habitual que podían aplicarse los
contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros.
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