martes, 8 de diciembre de 2015

Reformas en casa; con la ley por delante

Por mucho que usted sea el propietario y único dueño de su casa, no puede realizar obran sin ningún tipo de control. 
Para las reformas de menor emvergadura -como puede ser acuchillar el parquet o realizar cualquier modificación simple-, necesitará cursar lo que se conoce como un comunicado. Dicho trámite no es otra cosa que notificar por escrito al Ayuntamiento quien es usted, que es lo que va a hacer y dónde.
Para llevar a cabo este tipo de actuación, no necesita ningún permiso ni tampoco deberá pagar tasa alguna. 
Cuando se trate de obras más importantes -como puede ser cambiar la distribución de la vivienda-, deberá solicitar una licencia de obras, en este caso sí, previo pago de tasas. Además deberá presentar un informe sobre el estado actual de la vivienda y otro con el proyecto que quiere efectuar. 
Si se pasa por alto este paso, la penalización podrá ir desde la paralización de la obra, hasta la demolición de la misma, que por supuesto, deberá pagar usted de su propio bolsillo.
En los casos en que se realicen modificaciones estructurales o en los que se altere la fachada, será necesaria la supervisión de un técnico que se encargará, además, de todas las gestiones que sea preciso realizar.
En este caso habrá que remitirse también a la gerencía de urbanismo del Ayuntamiento. Pero hay más. Si precisa grua, andamios o contenedores de escombros, también tendrá que solicitar los permisos al efecto y pagar las tasas correspondientes.
No se olvide de sus vecinos, que al fin y al cabo, son quienes van a sufrir más de cerca sus obras. Deberá comunicarle al presidente de la comunidad sus intenciones. Compruebe que en los estatutos de la comunidad no hay ninguna norma que prohiba la obra y respete los horarios destinados a los trabajos de reforma.
Fuente: suplemento El Mundo.

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